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Sociedad

Cerca de 10.000 trabajadores y trabajadoras de industrias manufactureras de la región podrían acceder a la nueva modalidad de jubilación parcial anticipada

CCOO-Industria CLM programa asambleas informativas en toda la región "con el objetivo de que todas estas personas sepan que tienen ese derecho, introducido mediante el RDL 20/2018; que conozcan los requisitos que deben cumplir y la manera de solicitarlo y tramitarlo"

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La federación de Industria de CCOO-CLM está celebrando asambleas informativas con sus delegados y delegadas en las cinco provincias de la región para explicarles la regulación de la nueva modalidad de jubilación parcial y el contrato de relevo en la industria manufacturera, que en Castilla-La Mancha puede beneficiar a miles de trabajadores y trabajadoras de empresas cuya actividad está recogida en el epígrafe C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

“Estamos informando y facilitando legislación y documentación a nuestros delegados en las empresas manufacturas de la región de esta nueva modalidad de jubilación anticipada, introducida por el Real Decreto Ley 20/2018, de 7 de diciembre del año pasado, y que tiene vigencia desde el 1 de enero de este año hasta el 31 de diciembre de 2022. A través de las delegadas y los delegados, queremos llegar a todos los trabajadores y todas las trabajadoras de la región que pueden beneficiarse de esta nueva modalidad de jubilación anticipada”

“Son muchas las personas de nuestra región que cumplen los requisitos, que trabajan en empresas manufactureras de CLM realizando labores que exigen esfuerzo físico y/o alto grado de atención; y queremos que todas ellas conozcan la posibilidad de acceder a la jubilación parcial anticipada con contrato de relevo que abre el mencionado RDL”, explica Ángel León, secretario general de Industria CLM.

En la actualidad, en CLM hay 11.407 personas -9.290 hombres y 2.117 mujeres- mayores de 58 años y afiliadas a la Seguridad Social en empresas identificadas como ‘industrias manufacturas’ en la letra C CNAE, que incluye las industrias de la alimentación, la fabricación de bebidas; el textil, cuero y calzado; la madera y el corcho; el papel y las artes gráficas; coquerías y refino del petróleo; industria química y farmacéutica; caucho y plásticos, buena parte de las industrias metalúrgicas…

“Quienes hoy tienen 58 años cumplirán el requisito de la edad mínima -61 años-, aunque no todos cumplirán el resto de los requisitos. Pero nos da una idea del volumen del colectivo potencialmente afectado por el RDL 20/2018, que redondeando puede acercarse a las 10.000 personas. Nuestro objetivo es que todas ellas sepan que pueden jubilarse parcialmente de forma anticipada, que conozcan los requisitos que deben cumplir y la manera de solicitarlo. El sindicato siempre estará a disposición de quienes deseen hacerlo, para facilitarles la información que precisen y para ayudarles en la tramitación.”

CCOO-Industria CLM ha programado asambleas en las cinco provincias de la región -ya las ha celebrado en Guadalajara y en Puertollano, y a lo largo de la semana próxima lo hará en Albacete, Cuenca y Toledo. “Además de la información presencial a las delegadas y delegados, les facilitamos copias del folleto-resumen elaborado por la federación estatal de Industria y del informe más detallado, con datos regionales, que hemos preparado en CLM”, indica León.

“Valoramos muy positivamente la introducción de la nueva modalidad de jubilación parcial anticipada para las trabajadoras y los trabajadores de la industria manufacturera; cuya actividad laboral exige una atención y un esfuerzo físico que malamente pueden prolongarse más allá de los 60 o 61 años. Y que, tras toda una vida, conlleva un desgaste y un deterioro que la Seguridad Social debe compensar”

“Además, la jubilación parcial anticipada de estas personas se realiza mediante un contrato de relevo, es decir, que la reducción de la jornada de la persona relevada exige la contratación de un relevista, que tiene que ser un trabajador o trabajadora en desempleo o contratado por duración determinada; lo que beneficia tanto a estos dos trabajadores como a la propia empresa, además de generar o estabilizar empleo”

“El contrato de relevo no solo facilita una vía de transmisión de conocimiento de los trabajadores y trabajadoras que llegan al final de su vida profesional. Es además un yacimiento de empleo importante para los grupos de población más afectados por el paro: los jóvenes y las mujeres”, recalca León, que anima a las industrias manufacturas de CLM a “aprovechar la vía del RDL 20/2018 para el rejuvenecer y feminizar sus plantillas”.